La creación de los fuegos artificiales ocurrió en China tras la invención de la pólvora. Su uso se extendió a Europa, en donde se comenzaron a utilizar en diversos espectáculos, en especial aquellos de carácter religioso.

En lo que hoy es territorio mexicano no se conocía la pólvora, así que los primeros registros en mencionar un espectáculo de fuegos artificiales en la Nueva España datan de mediados del siglo XVI, época en la que también se creó el ramo de pólvora de la Real Hacienda.

Desde el espectáculo de fuegos artificiales que se le ofreció al virrey Marqués de Villamanrique a su llegada a la Ciudad de México[1] en 1585, se comenzó a construir una tradición pirotécnica en la Nueva España que se fue popularizando en diversas celebraciones religiosas, a las que se sumaron castillos y toritos pirotécnicos, lo que aumentó el número de espectadores de estas funciones de truenos, luces y colores.

Pese a la gran popularidad que alcanzaron los fuegos artificiales durante el siglo XVII, se desató una polémica sobre el uso de la pirotecnia en las celebraciones y festividades por los riesgos que implicaba llevar a cabo este tipo de espectáculos, como incendios, quemaduras y daños a las iglesias. Por tal motivo, se buscó reducir el uso de pirotecnia en algunas celebraciones religiosas; sin embargo, todas estas resoluciones nunca llegaron a ser definitivas y solamente fueron aplicadas en determinados momentos a petición de algunas autoridades o personas que solicitaban prohibir la quema de fuegos artificiales (imágenes 1 y 2).  

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Imágenes 1 y 2. Petición de un bando para prohibir los cohetes por incendios, San Luis Potosí, 1801

Para reducir los accidentes con la pirotecnia y prevenir el mal uso que algunas personas podrían dar a la pólvora, las autoridades virreinales establecieron la figura del maestro cohetero, el encargado de llevar a cabo la fabricación de cohetes, castillos y toritos. Estas personas debían tener un amplio conocimiento para certificarse, tal como demostró el cohetero Vicente Chornet, quien llegó a ofrecer sus habilidades para fabricar cohetes de bengala para la flota de la Corona española (imagen 3)

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Imagen 3. Vicente Chornet ofrece sus servicios para fabricar cohetes para la flota de la Corona española, Ciudad de México, siglo XVIII

El 20 de diciembre de 1766 se emitieron las Ordenanzas y reglamentos que deben observar todos los artífices del arte de cohetería, un texto en el que se establecieron las reglas que debían acatar los coheteros novohispanos para producir y vender cohetes, como que tendrían que contar con una licencia de oficio concedida por el director del Real Estanco de la Pólvora y adquirir la pólvora, el azufre, el salitre y otros materiales utilizados en la fabricación de cohetes con el Real Estanco de la Pólvora, esto con la finalidad de combatir el mercado ilegal de la pólvora en la Nueva España (imágenes 4 y 5).

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Imágenes 4 y 5. Ordenanzas y reglamentos que deben observar todos los artífices del arte de cohetería, Ciudad de México, 1766

Dentro de estas disposiciones también se marcaban las cantidades y medidas para evitar accidentes y mala calidad en la fabricación de cohetes, así como el desperdicio de pólvora en épocas de escasez. En Ordenanzas y reglamentos… se explica que de una libra de pólvora se debían de producir diez docenas de truenos, los cuales tenían que medir entre cuatro y siete dedos, dependiendo del tipo de cohete. La elaboración de estos proyectiles constaba de una mezcla fina y templada de pólvora no cargada con carbón, mientras que la estructura del cohete solo tenía que contener papel, pues algunos coheteros utilizaban barro para la boquilla del proyectil. Cabe mencionar que el papel no era fácil ni barato de conseguir, de hecho hubo casos en los que se utilizó papel de oficinas o de archivos virreinales, por lo que se emitieron bandos para prohibir que los coheteros compraran ese papel.

Todas aquellas personas que ejercían el oficio de cohetero sin contar con la licencia cometían un delito que la primera vez se castigaba con dos años de destierro, pero en caso de reincidencia se aplicaba una pena de cuatro a seis años de presidio. En el afán de proteger su oficio, muchas de las denuncias las hacían los mismos maestros coheteros, como fue el caso de la denuncia puesta en 1802 contra Juan Andrés Parada, cabo veterano de granaderos del regimiento provisional de Tlaxcala, por fabricar y vender cohetes sin contar con una licencia para ejercer el oficio de cohetero. La denuncia fue presentada por tres maestros coheteros, quienes manifestaron, entre otras cosas, que Juan vendía sus cohetes más baratos de lo normal y que como no contaba con la licencia podía estar comprando pólvora pirata o utilizando insumos prohibidos (imagen 6)

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Imagen 6. Denuncia de los maestros coheteros de Tlaxcala contra Juan Andrés Parada por ejercer el oficio de cohetero sin tener licencia, Tlaxcala, 1802

Durante el interrogatorio, Juan mencionó que había aprendido el oficio de cohetero por medio de un maestro, quien le había proporcionado un certificado, que el permiso para fabricar fuegos artificiales había sido otorgado por su sargento mayor, por lo que no contaba con algún documento, y que la pólvora había sido adquirida en el estanco principal a través de la ayuda del portero de la fábrica (imagen 7).

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Imagen 7. Parte de la declaración de Juan Andrés Parada sobre cómo obtuvo la pólvora, Tlaxcala, 1804

La declaración de Juan reveló dos principales problemáticas con este oficio. La primera fue que se demostró que, aunque los coheteros operaban como un gremio para proteger su arte de las personas que no seguían las ordenanzas o reglamentos establecidos por el Real Estanco de Pólvora, institución encargada de administrar este oficio, este no estaba formalmente establecido, por lo que no resultaba extraño que Juan hubiera sido instruido por un maestro cohetero. Al no existir ley u organización que impidiera la libre enseñanza de este arte, los nuevos maestros coheteros eludían el trámite burocrático de la licencia de oficio y por ende había coheteros sin licencia.

La segunda problemática era la participación de los coheteros clandestinos en la red de contrabando de pólvora en la Nueva España. Esta situación afectaba principalmente al Real Estanco de Pólvora, a la Real Hacienda y a los coheteros que contaban con licencia, pues les era imposible competir con los precios de la red informal, que vendían a un menor costo la mercancía.

Al final, Juan no fue sentenciado a la pena que establecían las ordenanzas y reglamentos, pero fue obligado a transferir su tienda de cohetes a la viuda de un maestro cohetero y a entregar toda la pólvora que aún tenía en su poder.

Como se puede observar, el arte de la cohetería tuvo una fuerte popularidad en la sociedad novohispana, lo que permitió que para algunas personas se volviera su principal actividad para subsistir, ya fuera de manera legal o ilegal. Sin embargo, este oficio demostró lo endeble del sistema administrativo de la Nueva España, pues visibilizó que las autoridades fueron incapaces de frenar la económica informal. Esta situación sería punto clave del movimiento insurgente, el cual aprovecharía estas redes informales de la economía novohispana para conseguir pólvora para la guerra, aunque también para tronar cohetes cuando la situación ameritaba un festejo.

Referencias de imágenes:

Imágenes 1 y 2. Petición de un bando para prohibir los cohetes por incendios, San Luis Potosí, 1801, en AGN, Instituciones Coloniales, Indiferente Virreinal, caja 2609, exp. 19.

Imagen 3. Vicente Chornet al Virrey de la Nueva España, Ciudad de México, en AGN, Instituciones Coloniales, Indiferente Virreinal, caja 2410, exp. 8.

Imágenes 4 y 5. Ordenanzas y reglamentos que deben observar todos los artífices del arte de cohetería, Ciudad de México, 1766, en AGN, Instituciones Coloniales, Pólvora, vol. 65, exp. 12.

Imagen 6. Denuncia de los maestros coheteros de Tlaxcala contra Juan Andrés Parada por ejercer el oficio de cohetero sin tener licencia, Tlaxcala, 1802, en AGN, Instituciones Coloniales, Pólvora, vol. 10, exp. 13.

Imagen 7. Causa seguida contra Juan Andrés Parada por fabricar y vender cohetes sin licencia, Tlaxcala, 1804, en AGN, Instituciones Coloniales, Pólvora, vol. 10, exp. 12.

Bibliografía consultada:

Vázquez Mantecón, María del Carmen, Cohetes de regocijo. Una interpretación de la fiesta mexicana, México, Universidad Nacional Autónoma de México/Instituto de Investigaciones Históricas, 2017. [Consulta: 25 de mayo de 2023]

El arte del oficio del cohetero en la Nueva España